SOAINT es una empresa dedicada principalmente a la prestación de servicios de tecnología informática; ingeniería de sistemas; gestión documental y/o soluciones relacionadas. Su compromiso con las medidas anticorrupción y la adopción de prácticas que fomenten la honestidad es fundamental, por lo cual ha adoptado medidas y políticas que garanticen y salvaguarden el marco de ética y transparencia que rige su actividad con colaboradores, proveedores, clientes, y demás grupos de interés.
I. ALCANCE
La política es aplicable a todos los colaboradores de SOAINT, así como a todas las partes relacionadas y grupos de interés, entendidos como: clientes, proveedores, accionistas, inversionistas, aliados, contratistas, subcontratistas; y en general a todos aquellos con quienes de manera directa o indirectamente se establezca alguna relación comercial, contractual o de cooperación.
II. PRINCIPIOS Y DECLARACIÓN DE LAS POLÍTICAS
1. Los valores y principios que enmarcan la actividad de SOAINT son: respeto, responsabilidad, honestidad y transparencia.
2. Es deber de SOAINT, de sus órganos de administración y de control, de su Oficial de Cumplimiento, así como de los Representantes de la Compañía, asegurar el cumplimiento de estas Políticas, y cumplir las Normas Anticorrupción y Antisoborno.
3. Es imperativo anteponer la observancia de los principios éticos al logro de las metas de SOAINT, considerando que es primordial generar una cultura orientada a aplicar y hacer cumplir estas Políticas.
4. SOAINT prohíbe y sanciona cualquier tipo de conducta relacionada con el soborno o la corrupción.
5. Cualquier Empleado, Alto Directivo y/o Contratista de la Compañía que sospeche o tenga conocimiento de cualquier conducta de corrupción o soborno deberá reportar dicha conducta al Oficial de Cumplimiento, el cual responderá apropiadamente a los reportes y sugerirá las acciones a adelantar según el trámite establecido en esta Política y en el Código de Ética, Conducta y Régimen Sancionatorio para los casos de Conflicto de Interés.
6. Si un Empleado, Alto Directivo y/o Contratista recibe una solicitud de soborno o de pago sospechoso proveniente de cualquier persona o entidad, interna o externa, esta solicitud deberá reportarse inmediatamente al Oficial de Cumplimiento.
7. Cualquier empleado, Alto Directivo y/o Contratista de la Compañía que denuncie de buena fe una violación de la Política, o la realización de cualquier conducta de corrupción o soborno, estará protegido contra cualquier tipo de represalia.
8. Las reglas previstas en esta Política respecto de los mecanismos para la prevención de la corrupción o soborno son de imperativo cumplimiento, de manera que se deben observar en cada acto.
9. SOAINT se abstendrá de recibir o realizar donaciones que no tengan un fin lícito o sobre las cuales exista la sospecha que servirán para encubrir conductas de corrupción o soborno o para obtener ventajas en los negocios de SOAINT.
10. SOAINT realizará las debidas diligencias para conocer adecuadamente a los potenciales proveedores o agentes y, en particular, la vinculación de los proveedores o agentes con entidades gubernamentales o funcionarios del gobierno. Para ello se aplicarán las reglas, los objetivos y principios respecto a la vinculación de proveedores y agentes.
11. SOAINT monitorea cualquier transacción o actividad dudosa que pueda conducir razonablemente a sospechar que los proveedores o agentes están usando a SOAINT para transferir, manejar, aprovechar o invertir dineros o recursos provenientes de actividades delictivas, asi como para realizar actos de corrupción o soborno.
12. Empleados, Altos Directivos y/o Contratistas de la compañía que actúen en representación o en nombre de SOAINT tienen prohibido realizar conductas a ocultar, cambiar, omitir o tergiversar registros contables para ocultar actividades indebidas.
III. PROHIBICIÓN DE TODA FORMA DE SOBORNO Y CORRUPCIÓN
SOAINT prohíbe expresamente el soborno en cualquier forma (regalos, entretenimiento, viajes, otros), directa o indirecta a través o en relación de cualquier tercero ya sean de orden gubernamental y/o comercial. Los empleados de SOAINT tienen la responsabilidad de reconocer las alertas indicadoras de un posible caso de soborno o corrupción y de responder de forma adecuada siguiendo lo establecido en esta política.
IV. OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
SOAINT designa como oficial de cumplimiento de la presente Política Anticorrupción, al director de Asuntos Legales de la compañía Sr. Francisco López de Lara, el cual será el responsable directo de salvaguardar los principios y prácticas previstas en la política, y quien, además, recibirá y tramitará las quejas y/o denuncias presentadas por presuntos incumplimientos de esta. Esta información será manejada con estricta confidencialidad y no será objeto de represalias en contra del informador. La designación del oficial de cumplimiento no exime de responsabilidad ni a SOAINT ni a sus colaboradores, de la obligación de apHcar los procedimientos de prevención y control de lavado de activos y corrupción.
V. ACCIONES DISCIPLINARIAS Y VIOLACIONES
El cumplimiento de lo establecido en la política es obligatorio para todos los colaboradores de SOAINT, cualquier incumplimiento deliberado o intencional de la misma será considerado falta grave y serán sancionados conforme al Reglamento Interno de Trabajo, sin perjuicio de lo contemplado en las leyes nacionales vigentes.
VI. VIGENCIA
La presente política es vigente a partir de su publicación, sus principios y lineamientos deben ser aplicados conforme han sido establecidos por parte de todos los colaboradores y terceras partes relacionadas.
VII. INTEGRACIÓN
GRUPO SOAINT velará por el correcto y eficiente cumplimiento de la Política Anticorrupción es entendida, aplicada y mantenida al día por todos los niveles de la organización y revisada para su continua adecuación, dando cumplimiento al Objetivo de Desarrollo Sostenible 16 que es parte de los criterios ESG.